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M., M. G. c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social Unión Personal por la negativa a cubrir un trasplante de médula ósea. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando la cobertura y la imposición de costas a la demandada.

Amparo Salud Cobertura medica Trasplante Obra social Costas Vulnerabilidad Procedimiento administrativo Ley 16.986 Juez federal


- Quién demanda: M. G. M.

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de cirugía de trasplante alogénico de médula ósea

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que ordenó la cobertura y se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los Agentes de Salud no pueden ampararse en los engorrosos y burocráticos trámites administrativos internos para justificar la demora en la entrega efectiva de la prestación médica reclamada." "La autorización permaneció carente de eficacia práctica durante un extenso lapso temporal, impidiendo el acceso real y oportuno a la práctica médica indicada, vulnerando el derecho a la salud del amparista." "Las demoras derivadas de trámites administrativos internos no resultan oponibles al afiliado."

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