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MARGALL Y LIBERTI S,A, c/ RODRIGUEZ TOÑANEZ, LUIS ALBERTO s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

La empresa Margall y Liberti S.A. demandó el cumplimiento de un contrato de compraventa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia al establecer el apercibimiento de resolución del contrato en caso de incumplimiento del demandado.

Incumplimiento contractual Cumplimiento de contrato Compraventa de inmueble Resolucion de contrato Apercibimiento


¿Quién es el actor?

Margall y Liberti S.A.

¿A quién se demanda?

Luis Alberto Rodríguez Toñanez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cumplimiento de un contrato de compraventa de un inmueble

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo que el cumplimiento de la condena lleva implícito el apercibimiento de que, ante el incumplimiento del demandado, el acreedor tenga derecho a optar por la resolución del contrato, con pérdida de las sumas abonadas y con obligación de restituir la posesión del inmueble. Fundamentos relevantes:
- La sentencia de primera instancia condenó al demandado a pagar una suma adeudada y a escriturar el inmueble, pero no se expidió sobre el apercibimiento solicitado por la actora para el caso de incumplimiento.
- La Cámara consideró que, dado que la actora hizo expresa reserva del derecho a solicitar la rescisión del boleto de compraventa en caso de incumplimiento, y que las partes pactaron causales de resolución en el contrato, correspondía atender los agravios de la actora.
- Si bien técnicamente corresponde hablar de "resolución" del contrato y no de "rescisión", la Cámara entendió que la situación verificada era la de resolución por incumplimiento, y no un cambio en el interés de las partes.

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