PROVINCIA ART S.A. c/ DOLZANI HERMANOS DOLZANI RAUL MARIO Y DOLZANI OSCAR RUBEN Y OTROS s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La aseguradora demanda el reembolso de sumas pagadas a trabajador. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y establece criterios para regular los honorarios de los intervinientes.
Cobro de sumas abonadas a un trabajador por un accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirma el rechazo de las costas y tasa de justicia del juicio laboral previo, ya que fueron consecuencia del incumplimiento de la aseguradora.
- Revoca lo decidido sobre la inconstitucionalidad del art. 730 CCCN, indicando que debe analizarse en la etapa de ejecución.
- Regula los honorarios de los profesionales intervinientes aplicando los criterios de la Ley 27.423.
Fundamentos relevantes:
- "Es que dicho proceso fue iniciado -previo paso por la conciliación obligatoria SECLO
- a raíz del incumplimiento de las obligaciones que asumiera como aseguradora de riesgos de trabajo. El hecho principal ocurrió el 26/1/2016, y la liquidación aprobada en sede laboral data del 3/4/2019. Es decir, que en vez de pagar voluntariamente las prestaciones debidas, la víctima debió accionar a fin de obtener su reconocimiento. De allí, que el criterio del anterior juzgador al descontar las costas y la tasa de justicia por la tramitación de dicho proceso se encuentra justificado, sin que corresponda que los responsables del evento principal soporten los réditos devengados por el incumplimiento incurrido."
- "La oportunidad para introducir el pedido de prorrateo de los honorarios es aquella en que el condenado en costas, interesado y legitimado para solicitar la limitación tome conocimiento del monto y realice los cálculos pertinentes que permitan visualizar la excedencia a la que hace referencia la norma en cuestión."
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