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DAVID, JIMENA ALEJANDRA c/ QUISPE, JUAN CARLOS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y estableció una tasa de interés diferenciada.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Tasa de interes Incapacidad psiquica

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la tasa de interés aplicable. Mantuvo el resto de las indemnizaciones. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que la aplicación de una doble tasa activa desde el hecho ilícito era improcedente, en atención a la doctrina de la Corte Suprema en el fallo "García, Javier Omar".
- Estableció que se aplicará una tasa pura del 8% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia de primera instancia, y desde allí la tasa activa hasta el efectivo pago, salvo para la partida de reparación de motocicleta.
- Respecto a los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica y daño moral, consideró que la aseguradora no realizó una crítica concreta y razonada a los fundamentos del fallo, por lo que confirmó dichos rubros.

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