ORTIZ DIEGO LEONEL C/ PEROZZI D - PEROZZI O. S.A. S/ DESPIDO
El Tribunal de Trabajo homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre el actor y la demandada en un litigio por despido. La sentencia hace lugar a la homologación por considerar que no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses de ambas partes.
Quién demanda: Diego Leonel Ortiz
¿A quién se demanda?
Perozzi D
- Perozzi O. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en materia laboral (despido)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes hace lugar a la homologación del acuerdo conciliatorio con efectos de cosa juzgada, condena al pago de costas a la demandada y establece obligaciones respecto de la transferencia de sumas de capital y pago de tasa de justicia. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Silvia Cristina Bozzola expresó que "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)." Las Dras. Silvia Ester Bártola y María Marta Garay votaron en el mismo sentido por análogas consideraciones. El Tribunal fundamentó la homologación en que el acuerdo no vulnera principios de orden público y representa una composición equilibrada de los derechos e intereses en disputa, conforme a los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la ley 15.057. Respecto de las costas, se aplicó el artículo 73 del Código Procesal Civil y Comercial, declarándolas a cargo de la demandada, con exención del 50% de la tasa de justicia y sellados por haber mediado acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: