JUNGBLUT FLAVIA JORGELINA C/ GUIDI MARIANO ANDRES S/ DESPIDO
La actora demandó por despido a su empleador. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de $2.000.000, convalidando la justa composición de derechos e intereses alcanzada libremente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Jungblut Flavia Jorgelina A quién se demanda (Demandado): Guidi Mariano Andrés Qué se reclama (Objeto de la demanda): Reclamo por despido Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en fecha 10/06/26, por la suma total de $2.000.000. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Guerrieri expresó: "Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15 LCT; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)." Los Dres. Bruno y Razzari votaron en igual sentido por idénticos conceptos, logrando unanimidad en la decisión. El Tribunal dispuso que la Tasa de Justicia fuese soportada en un 50% por cada parte, eximiendo a la actora del pago de su porción. El monto a cargo de la demandada asciende a $22.000, debiendo ser depositado en el término de cinco días. Se regularon los honorarios de los letrados apoderados conforme a la Ley 14.967: por la parte actora, Dr. Javier Martín Fraccaro en 8,04 JUS; por la demandada, Dr. Gustavo Martín Migliori en 8,04 JUS, con valor del JUS a la fecha de $49.750, considerando la suma acordada de $2.000.000 y las etapas del proceso.
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