A. T., J. Y OTRO c/ R., L. Y OTROS s/DESALOJO: INTRUSOS
Demandantes obtienen sentencia de desalojo contra ocupantes de propiedad. La Cámara confirma el fallo y ordena comunicaciones previas al desalojo para asistir a los menores involucrados.
Desalojo de inmueble sito en calle Arribeños 2948/50
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al desalojo, pero ordena realizar comunicaciones previas al lanzamiento a organismos estatales para asistir a los menores involucrados y evitar daños innecesarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que los agravios de los recurrentes no cumplían con los requisitos legales, y que la intervención del Ministerio Pupilar debe orientarse a garantizar el derecho a la vivienda de los niños y adolescentes, por lo que deben intervenir los organismos administrativos competentes previo al desalojo.
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