FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SALAZAR JUAN CARLOS S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial contra Juan Carlos Salazar por deuda fiscal de $668.124,60. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de la obligación más intereses y costas.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
SALAZAR, JUAN CARLOS (DNI N° 10.804.795)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de deuda fiscal por la suma de pesos SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO CON SESENTA CENTAVOS ($ 668.124,60), conforme Título Ejecutivo Nro. 1492160, más intereses, gastos y costas de la ejecución.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio provincial, ordenando llevar adelante la ejecución contra SALAZAR, JUAN CARLOS hasta tanto haga íntegro pago de la deuda al acreedor. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC, Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada SALAZAR, JUAN CARLOS (DNI N° 10.804.795) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO CON SESENTA CENTAVOS ($ 668.124,60), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1492160-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." La sentencia destaca que al no haber formulado excepciones legítimas oportunamente, se produce la caducidad del derecho defensivo del ejecutado, lo que facilita la procedencia del apremio.
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