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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TWERD MARTA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda por apremio contra Marta Twerd por la suma de $1.239.578,40 en concepto de deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución al no oponerse la demandada excepciones legítimas dentro del término legal.

Apremio provincial Deuda fiscal Ejecucion Titulo ejecutivo Falta de oposicion Intereses fiscales Codigo fiscal Domicilio constituido Costas procesales

Quién demanda: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

¿A quién se demanda?

MARTA TWERD

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de suma de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON 40/100 ($1.239.578,40) más intereses, costos y costas, en base a título ejecutivo adunado en formato digital, por vía de apremio provincial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la ejecución promovida, ordenando continuar con el trámite de apremio hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de $1.239.578,40, con aplicación de intereses establecidos conforme el Art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas a la parte demandada y se difirió la regulación de honorarios. Se constituye domicilio en los estrados del Juzgado. Fundamentos principales de la decisión: "Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE ESMERALDA
- NRO. 80
- CP. 1834
- LOC. TEMPERLEY conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)." La decisión se funda en que la demandada fue debidamente intimada al pago en su domicilio fiscal y no opuso excepciones legítimas dentro del plazo establecido, configurándose así la falta de oposición que autoriza el pronunciamiento favorable al Fisco. El Tribunal aplica las disposiciones de la Ley 13.406 de Apremio Provincial y del Código Procesal Civil y Comercial, ordenando la continuación de la ejecución hasta la satisfacción integral de la acreencia.

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