BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ MAMANI GUSTAVO ADOLFO S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco Santander Rio S.A. promovió un cobro ejecutivo contra Mamani Gustavo Adolfo. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de más de tres meses, sancionando a la parte actora con las costas del proceso.
Quién demanda: Banco Santander Rio S.A.
¿A quién se demanda?
Mamani Gustavo Adolfo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de la instancia, rechazando de hecho la demanda de cobro ejecutivo por inactividad procesal prolongada, e impuso las costas a la parte actora. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal fundamentó su decisión en los siguientes términos: "Es menester recordar que la caducidad de instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado tienen su sanción. Ello estriba en la necesidad de evitar la duración indefinida de los procesos judicales atentatoria a los valores jurídicos de paz y seguridad a cuya vigencia apunta su recepción normativa". El Tribunal constató que desde la última actuación que impulsó el proceso, ocurrida el 4 de marzo de 2020, había transcurrido más de tres meses hasta la fecha de la sentencia (4 de mayo de 2026), superando ampliamente el plazo previsto por el art. 310 inc. 3° del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. La norma establece que "La ley 13.986 incorporó el supuesto de caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia. Si quien fue requerido a pronunciarse sobre el interés en el proceso y a materializar un acto de impulso luego lo abandonare por idéntico período podrá sufrir una caducidad en su contra a pedido de parte o decidida de oficio por el Juez". El traslado cursado el 4 de mayo de 2026 no fue contestado por la parte actora, evidenciando su desinterés en la prosecución del juicio.
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