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PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. c/ MONTIVERO, LAURA ROXANA Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La aseguradora demandó por cobro de sumas de dinero abonadas a su asegurado por accidente de tránsito. La Cámara revocó la sentencia y condenó a la demandada por responsabilidad objetiva al no poder probar una causal eximente.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Incapacidad laboral Art Colision Semaforo

Cobro de sumas de dinero abonadas al damnificado por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó a los demandados al pago de $1.070.009,07, monto correspondiente a las prestaciones médicas, ILT, ILP y otros gastos abonados por la ART al asegurado. Los fundamentos principales fueron:
- Ante un accidente por colisión de vehículos rige la responsabilidad objetiva, por lo que la carga de probar una causal eximente recae en los demandados.
- No se pudo determinar con certeza quién violó la luz del semáforo, ya que ambas partes se atribuyeron mutuamente esa infracción. Por ende, al no probarse la eximente, corresponde imputar la responsabilidad a los accionados.
- Se aceptó el dictamen pericial contable que acreditó el monto abonado por la ART al damnificado.
- Se aplicará la tasa activa cartera general del Banco Nación desde la fecha de cada erogación hasta el efectivo pago.

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