FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RITROVATO RITA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires inició ejecución por apremio provincial contra Rita Ritrovato por una deuda de $23.295,90. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y embargo de bienes, estableciendo una tasa de interés anual desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Rita Ritrovato
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio provincial de una deuda de capital reclamado de Pesos VEINTITRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 90/100 ($23.295,90)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor Rita Ritrovato haga integro pago a su acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Se establece la procedencia del apremio por falta de oposición de excepciones legítimas dentro del plazo legal. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor RITA RITROVATO haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos VEINTITRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 90/100 ($23.295,90) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda." Se establece que "el que no podrá exceder, en el momento de su fijación, de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), que será establecido por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (conf. art. 104 de la Ley 10.397 texto actualizado según Ley 14.394)."
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