MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ ARRUÑADA ATILANO S/ APREMIO
La Municipalidad de Lanús promovió proceso de apremio contra Atilano Arruñada por la ejecución de una deuda de $ 320.728,00. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución al no haberse opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal.
Quién demanda: Municipalidad de Lanús
¿A quién se demanda?
Atilano Arruñada
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de deuda por capital de $ 320.728,00 (Pesos Trescientos Veinte Mil Setecientos Veintiocho) más intereses, costos y costas.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar al proceso de apremio, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Atilano Arruñada haga a la acreedora Municipalidad de Lanús íntegro pago del capital reclamado. Fundamentos principales: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, pese a encontrarse debidamente intimada de pago según consta del mandamiento adjunto con fecha 27/02/2025 en formato pdf, en el domicilio de la calle EVA PERON Nº 2,202 LOCALIDAD LANUS ESTE, partido de Lanus, dásele por perdido el derecho dejado de usar (art.1 y 5 Ley 9122; arts. 116 y 155 del C.P.C.C.)." El Tribunal aplicó lo dispuesto en los arts. 540, 541 y 548 del C.P.C.C. para dictar sentencia en proceso de apremio. Se condenó al ejecutado al pago íntegro del capital con intereses calculados desde la fecha de mora conforme la Ordenanza Fiscal e Impositiva N° 7244/91, siempre que no excedan la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días. Se impusieron costas al ejecutado vencido (arts. 68 y 566 del C.P.C.C).
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