FIDEICOMISO GRUPO GESTOR C/ NUÑEZ NESTOR GABRIEL S/ COBRO EJECUTIVO
Se rectifica sentencia en cobro ejecutivo por error de tipeo en la fecha de mora. El tribunal aclaró que la fecha correcta es 11/12/2015 y no 11/12/2025 conforme al artículo 166 inciso 2 del Código Procesal Civil y Comercial.
Quién demanda: Fideicomiso Grupo Gestor
¿A quién se demanda?
Núñez Néstor Gabriel
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un incidente de aclaratoria presentado sobre una sentencia previa de fecha 26/5/2026 dictada en un proceso de cobro ejecutivo.
¿Qué se resolvió?
Se rectificó la sentencia corrigiendo un error material de tipeo en la fecha de mora. Se modificó donde decía "fecha de mora (11/12/2025)" por "fecha de mora (11/12/2015)". Fundamentos principales: El tribunal acogió la solicitud de aclaratoria en virtud del error de tipeo cometido, aplicando lo dispuesto por el artículo 166 inciso 2 del Código Procesal Civil y Comercial, que autoriza la rectificación de errores materiales en las sentencias. La corrección era necesaria para establecer correctamente la fecha desde la cual se generaban los intereses en el cobro ejecutivo.
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