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BARCIA GERMAN RAMON C/ GALOS SUSANA ALICIA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito en rotonda. El Tribunal rechazó la acción al determinar que el actor violó la prioridad de paso de la demandada conforme a las normas de circulación en rotondas.

Accidente de transito Responsabilidad civil Rotonda Prioridad de paso Ley 24.449 Culpa Danos y perjuicios Motocicleta Automovil Responsabilidad objetiva

Quién demanda: Germán Ramón Barcia

¿A quién se demanda?

Susana Alicia Galos y la aseguradora HDI Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 4 de febrero de 2018, en la intersección de la Ruta 205 y Avenida Ramón Castex, en Ezeiza. El actor conducía una motocicleta Honda 125 (dominio 798-DEL) y fue embestido por un automóvil Renault Megane (dominio DPH-754) conducido por María Fernanda Piculin.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda promovida por Germán Ramón Barcia contra Susana Alicia Galos y contra la citada en garantía HDI Seguros S.A. Se impusieron las costas del juicio a la parte actora vencida. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal determinó que la cuestión controvertida se centraba en establecer quién contaba con prioridad de paso en la rotonda. La sentencia expresa: "Siendo que las partes son contestes respectos al lugar del hecho y el sentido de circulación de los vehículos, tengo para mi que la parte actora violó la prioridad de paso que tenía la demandada." El Tribunal aplicó el artículo 43 de la Ley 24.449 (Ley de Tránsito) que establece las reglas para rotondas: "Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda. Tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo señalización en contrario." Siendo que la demandada (Galos) circulaba por la rotonda, gozaba de prioridad absoluta de paso frente al actor que intentaba incorporarse a la misma. El actor circulaba a toda velocidad y sin percatarse del rodado asegurado, intentando ganarle el paso. La sentencia también determina: "En consecuencia, corresponde rechazar la demanda por daños y perjuicios promovida por German Ramon Barcia contra Susana Alicia Galos (arts. 1722, 1726, 1729, 1730, 1731, 1736, 1753, 1757, 1758 y 1769 CCyCN; arts. 375, 384, 394 y 474 CPCC)." El Tribunal no valoró los testimonios de testigos Díaz y Corvalán por falta de contralor de las partes, conforme a la oposición de la demandada.

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