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BIOSCA MARTINEZ CARMELO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Sucesión ab-intestato de Carmelo Biosca Martínez. El Tribunal declaró herederos universales a sus hijos Lucas Sebastián y Sergio Ezequiel Biosca y Yamasiro, y designó administradora del sucesorio a Hortensia Amelia Yamasiro.

Sucesion ab-intestato Herederos universales Designacion de administrador Proceso sucesorio Codigo civil y comercial Articulos 2337 y 2426 nccc Administracion de sucesorio Rendicion de cuentas Edictos judiciales Consentimiento de herederos

Quién demanda: Hortensia Amelia Yamasiro (viuda y madre de los herederos).

¿A quién se demanda?

No aplica. Se trata de un proceso sucesorio ab-intestato iniciado por fallecimiento de Carmelo Biosca Martínez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de herederos y designación de administrador del sucesorio.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que por fallecimiento de Carmelo Biosca Martínez, ocurrido el 31 de junio de 2021 (sic), sus hijos Lucas Sebastián (nacido el 02/11/1984) y Sergio Ezequiel Biosca y Yamasiro (nacido el 02/04/1986) le suceden en carácter de herederos universales. Asimismo, se designó a Hortensia Amelia Yamasiro como administradora del presente sucesorio, previa aceptación del cargo. Fundamentos principales: "Que con el certificado de defunción adjunto con fecha 30/12/2025 se acredita el fallecimiento de CARMELO BIOSCA MARTINEZ, ocurrida el 31/06/2021." "Que de la unión del causante con HORTENSIA AMELIA YAMASIRO nacieron LUCAS SEBASTIAN el día 02/11/1984 y SERGIO EZEQUIEL BIOSCA Y YAMASIRO el día 02/04/1986 (ver documentación adjunta con fecha 30/12/2025 y 11/06/2026)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337 y 2426 del NCCC (ex 3410 y 3565 del C.C. respectivamente) y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CARMELO BIOSCA MARTINEZ le suceden en carácter de universales herederos sus hijos LUCAS SEBASTIAN Y SERGIO EZEQUIEL BIOSCA Y YAMASIRO." "Atento las circunstancias excepcionales manifestadas por los herederos, y mediando consentimiento, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por el art. 727 del CPCC, nómbrase administradora del presente sucesorio a HORTENSIA AMELIA YAMASIRO, quien previa aceptación del cargo procederá a llenar su cometido con oportuna rendición de cuentas."

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