CUELLAR, CARLOS JAVIER c/ MICRO OMNIBUS CUARENTA Y CINCO S.A.C.I.R. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y tratamiento psicoterapéutico.
¿Quién es el actor?
Carlos Javier Cuellar
¿A quién se demanda?
Microómnibus Cuarenta y Cinco S.A.C.I.F
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto por incapacidad sobreviniente a $7.000.000 y el tratamiento psicoterapéutico a $250.000. Rechazó el rubro de tratamiento kinesiológico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para determinar la incapacidad sobreviniente, se deben ponderar las condiciones personales de la víctima, las familiares y socioeconómicas, no limitándose al porcentaje pericial.
- El tratamiento psicoterapéutico constituye un rubro autónomo para atender las necesidades psicológicas derivadas de la incapacidad.
- Corresponde aplicar la tasa activa del Banco Nación desde la fecha del hecho hasta el efectivo pago.
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