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BAZAN, GRACIELA DEL CARMEN c/ MICRO OMNIBUS ESTE SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La demandante promovió acción por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y tratamiento psicológico.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Tratamiento psicologico Intereses Danos y perjuicios Franquicia

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Graciela del Carmen Bazán, demandó a Micrómnibus Este S.A., Juan Soria y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros S.A. por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que sufrió lesiones graves.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados a abonar una indemnización.
- Las partes apelaron la sentencia.
- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, incrementando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (de $3.000.000 a $4.800.000), daño moral (de $750.000 a $3.000.000) y tratamiento psicológico (de $90.000 a $560.000).
- Confirmó el rechazo de los rubros "actividad laboral futura", "gastos terapéuticos presentes y futuros" y "gastos de refrigerio".
- Declaró la oponibilidad de la franquicia pactada en el contrato de seguro a la demandante.
- Dispuso que los intereses por el tratamiento psicológico se devenguen desde la fecha del hecho.

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