LEMOS DANILO DAMIÁN C/ BORIA ESTEBAN S/ DESPIDO
El trabajador promovió demanda por despido contra su empleador y las partes celebraron un acuerdo transaccional. El Tribunal homologó el acuerdo celebrado el 09/06/2026 como justo arreglo de conformidad con la Ley de Contrato de Trabajo, imponiendo las costas a la demandada.
Quién demanda: Lemos Danilo Damián (trabajador)
¿A quién se demanda?
Boria Esteban (empleador)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por despido
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes con fecha 09/06/2026 (código de barras 240600035000667905), revistiendo la homologación fuerza de sentencia conforme a los artículos 15 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Fundamentos principales de la decisión:
El tribunal consideró que "a esta altura del proceso, evaluados que han sido los términos y alcances del acuerdo arribado por las partes obrante en el acta de fecha 09/06/2026, ajustadas, en cuanto a su validez formal a las pautas establecidas en el Art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039
- mediante el cual se pretenden concluir las cuestiones litigiosas planteadas en este juicio, no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición entre aquellas en violación a la norma del art. 15 de la L.C.T."
El tribunal declaró válido el acuerdo celebrado entre las partes y procedió a su homologación con fuerza de sentencia, fundándose en que "corresponde declarar válido el acuerdo celebrado entre las partes y homologar el mismo con fuerza de sentencia (Arts.15 y 277 L.C.T.)."
Se impusieron las costas del juicio a la parte demandada conforme a los artículos 73 in fine del Código Procesal Civil y Comercial y artículos 24 y 89 de la Ley 15.057. Se eximió a las partes del pago de la Tasa de Justicia. Se regularon honorarios: a los letrados doctores Rafael María Espinosa y Franco Manuel Gongora en 241,20 JUS y 120,60 JUS respectivamente, y al perito contador Federico Rodríguez en la suma de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000).
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