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Incidente Nº 1 - ACTOR: M. B., C. R. DEMANDADO: S., C. E. s/ART. 250 C.P.C. - INCIDENTE CIVIL

Demanda por cuota alimentaria provisoria para hijos menores. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirma la resolución que fijó el monto de la cuota alimentaria y su actualización.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: M. B., C. R. Demandado: S, C. E. Objeto: Fijación de cuota alimentaria provisoria para dos hijos menores de edad. Decisión: La Cámara confirma la resolución que fijó la cuota alimentaria provisoria en $ 400.000 mensuales, con actualización automática por índice de precios al consumidor. Los jueces señalan que los alimentos provisorios tienen carácter cautelar, con el objeto de cubrir las necesidades elementales y urgentes de los menores, sin que sea necesario un análisis pormenorizado de las pruebas. Considerando la edad de los hijos y la situación económica actual, entienden que el monto fijado es adecuado, desestimando los agravios de ambas partes. Respecto a la retroactividad, los jueces indican que los alimentos provisorios rigen a partir de la notificación de la resolución que los fija, sin posibilidad de retroactividad, ya que ésta sólo está prevista para los alimentos definitivos. Por último, confirman la decisión de actualizar mensualmente la cuota por índice de precios, a fin de evitar reiteradas incidencias.

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