VOLKSWAGEN FINANCIAL SERVICES COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ MARQUEVICH PEDRO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
Volkswagen Financial Services promovió acción de secuestro conforme artículo 39 de la Ley 12.962. El tribunal hizo lugar a la recusación sin causa deducida por el demandado, disponiendo el envío de las actuaciones al juzgado que sigue en orden de turno.
Quién demanda: Volkswagen Financial Services Compañía Financiera S.A.
¿A quién se demanda?
Pedro Marquevich
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de secuestro conforme artículo 39 de la Ley 12.962
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la recusación sin causa efectuada por el demandado, disponiendo la baja de las actuaciones de los libros de Secretaría y su remisión a la Receptoría General de Expedientes para que pasen al Juzgado que sigue en orden de turno. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo solicitado y lo normado por el art. 14 del CPCC, hácese lugar a la recusación sin causa efectuada por el peticionante. En consecuencia, dése de baja las actuaciones de los libros de Secretaría y remítanse a la Receptoría General de Expedientes a fin de que por su intermedio, pasen las mismas al Juzgado que sigue en orden de turno (art. 16 del código ritual)." El tribunal aplicó las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, específicamente los artículos 14 y 16, que regulan la recusación sin causa y el procedimiento para la redistribución de expedientes ante su concreción.
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