SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ DINOLFO GONZALO OSCAR S/ APREMIO
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo promovió apremio ejecutivo contra Dinolfo Gonzalo Oscar por deuda derivada de obligaciones de seguridad social. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el embargo y remate de bienes por la suma de $ 287.706,87 más intereses y costas.
Quién demanda: Superintendencia de Riesgos del Trabajo (acreedor)
¿A quién se demanda?
Dinolfo Gonzalo Oscar (deudor ejecutado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de deuda de Pesos DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SEIS CON 87/100 ($ 287.706,87), más intereses y costas derivados de obligaciones de seguridad social conforme a la Ley 24.557.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la acción ejecutiva y ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga integro pago de la suma reclamada. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informe actuario en este acto, dáse por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 C.P.C.)." "Por ello conforme con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 10 y cc. de la ley 13.406 y art. 28, 33 y cc Ley 24.557, FALLO: esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado DINOLFO GONZALO OSCAR haga a la acreedora SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO integro pago del capital reclamado de Pesos DOSCIENTOS OCHENTA y SIETE MIL SETECIENTOS SEIS CON 87/100 ($ 287.706,87), con más sus intereses conforme lo dispuesto por el art. 768 inc. c) del Código Civil y Comercial de la Nación; sin perjuicio de los dispuesto por el art. 771 del mismo Código, desde la mora y hasta la fecha de su efectivo pago, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 556 del C.P.C.C.)." La sentencia se fundó en la falta de oposición de excepciones legítimas por parte del demandado dentro del término legal establecido, lo que permitió al Tribunal otorgar lugar a la ejecución conforme a los términos de la Ley 13.406 (de Apremios) y la Ley 24.557 (de Riesgos del Trabajo). Se ordenó el embargo y posterior remate de bienes del deudor.
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