F. A., M. A. Y OTRO c/ F. SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra la empresa de servicios funerarios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia al fijar el inicio del cómputo de los intereses desde la fecha de contratación del servicio.
Daños y perjuicios por incumplimiento contractual en la prestación de servicios funerarios.
¿Qué se resolvió?
- Se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la empresa demandada al pago de sumas indemnizatorias.
- Se modificó el punto de partida para el cómputo de los intereses, fijándolo en la fecha de contratación del servicio (17/08/2015).
- Se confirmó el rechazo del reclamo por "daño punitivo".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La empresa debe responder por la falta de cuidado en la prestación del servicio contratado.
- Procede el resarcimiento por los tratamientos psicológicos futuros necesarios para las actoras.
- No se verificó conducta dolosa o gravemente culposa que justifique la aplicación de daños punitivos.
- Los intereses deben correr desde la fecha del perjuicio, no desde la notificación de la demanda.
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