MARTINOVICH VIVIANA GLADIS Y OTRO/A (22) C/ AINSTEIN RICARDO ANIBAL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Caducidad de instancia por inactividad procesal. El Tribunal declaró la caducidad de la instancia tras constatar que la parte actora no impulsó debidamente el proceso dentro de los plazos legales establecidos.
Quién demanda: La parte actora (identidad no especificada en el documento)
¿A quién se demanda?
Parte demandada (identidad no especificada en el documento)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No aplica
- Se trata de un incidente de caducidad de instancia
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró la caducidad de instancia en las actuaciones, impuso costas a la parte actora como vencida, y rechazó la regulación de honorarios profesionales por resultar inoficiosa.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que en fecha 12 de Febrero de 2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 3 de Julio de 2025."
"Tomando en consideración que luego de la intimación señalada la parte actora ha impulsado debidamente el proceso mediante la presentación de fecha 13 de Febrero de 2026, pero que desde ese día ha transcurrido nuevamente el plazo de caducidad previsto para el trámite de las presentes actuaciones (art. 310 del CPCC
- texto según ley 13.986) y no siendo necesaria una nueva intimación; corresponde declarar la caducidad de la instancia (art. 315 del CPCC)."
La caducidad se fundamenta en la inactividad procesal continuada: pese a la intimación previa efectuada en febrero de 2026, la parte actora no logró impulsar el proceso dentro de los términos legales, generando una segunda caducidad del plazo establecido en el artículo 310 del CPCC.
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