ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SAIC c/ EN-AFIP-LEY 24073 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
ALUAR Aluminio Argentino SAIC apeló la intimación de pago de la tasa de justicia por considerar que su demanda carecía de valor pecuniario. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que la pretensión tiene un explícito contenido patrimonial.
¿Quién es el actor?
ALUAR Aluminio Argentino SAIC
¿A quién se demanda?
EN-AFIP
- Objeto de la demanda: Declaración de inaplicabilidad de normas que afectan el ajuste por inflación en el Impuesto a las Ganancias.
- Decisión del tribunal: Se desestima la oposición a la tasa de justicia y se confirma la intimación de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La tasa de justicia es una obligación dineraria creada por el Estado en ejercicio del poder de imperio y en virtud de una ley, exigida de modo coactivo para la satisfacción de una necesidad pública." "La presente causa tiene carácter patrimonial y, por lo tanto, resulta susceptible de apreciación pecuniaria en los términos de la ley 23.898." "Una vez configurado el hecho imponible con la interposición de la demanda, resulta indiferente a los efectos de su pago las alternativas que discurran en el pleito."
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