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BASUALDO, ELEUTERIA MARGARITA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La ANSES apeló la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley N° 27.609 y ordenó el recalculo de la movilidad jubilatoria. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios de la demandada.

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Actor: ANSES Demandado: Eleuteria Margarita Basualdo Objeto: Reajustes varios en la movilidad jubilatoria Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley N° 27.609.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto al impuesto a las ganancias, cabe destacar que la suma de dinero a liquidarse, oportunamente, en concepto de reajuste de haberes jubilatorios es un derecho de naturaleza previsional reconocido por el sistema de seguridad social." "En virtud del principio de integralidad del que gozan las prestaciones previsionales, sumado a que los jubilados integran el grupo vulnerable de la sociedad por su edad avanzada y estado de salud degradado, no corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo." "Por lo expuesto, corresponde no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la ANSES, y en consecuencia se confirma la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios."

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