C. C., S. A. c/ ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD s/AFILIACIONES
El apoderado de la Asociación Mutual Sancor Salud apeló la decisión que hizo lugar a la acción de amparo por la rescisión del contrato de afiliación. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que no se probó la mala fe de la actora al completar la declaración jurada.
Actor: C. C., S. A. Demandado: Asociación Mutual Sancor Salud Objeto: La nulidad de la rescisión del contrato de afiliación y la restitución de la cobertura médica. Decisión: Se confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No puede concluirse la falta de buena fe en los términos requeridos por la norma, es decir, no se ha logrado acreditar que la accionante haya obrado con mala fe al suscribir la declaración jurada en la forma que lo hizo." "La falsedad en la declaración jurada contemplada en el precitado art. 9 y esgrimida como fundamento de la ruptura del vínculo por la empresa de medicina prepaga demandada, puede entenderse como la potestad que le asiste de resolver el contrato en caso de verificar falta de adecuación de los datos aportados por el interesado con su real situación sanitaria." "El accionar negligente de la demandada que no cumplió con la carga que le compete, esto es, realizar exámenes médicos o constatar antecedentes en sede administrativa no puede derivar en un beneficio a su favor."
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