S, A J c/ OSCOMM Y OTROS s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió un amparo de salud para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 hizo lugar a la demanda, ordenando a las demandadas mantener la afiliación del actor en las mismas condiciones que tenía como trabajador activo.
¿Quién es el actor?
A.J.S.
- Demandados: OSCOMM y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social en las mismas condiciones tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a las demandadas mantener la afiliación del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión de las accionadas de privar al actor de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajador activo a jubilado luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional."
"La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo, pues el art. 16 de la referida ley 19.032 conservó la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente al servicio prestado en actividad."
"La denegatoria por parte de las demandadas prescindió de la relación preexistente que vinculaba a OSCOMM
- OSDE con la parte actora, lo que comporta, con base en la normativa vigente, los presupuestos fácticos configurados y la jurisprudencia citada, una arbitraria restricción del pleno ejercicio del accionante de su derecho a la salud."
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