E., S. s/ reintegro de hijo
Se reclamó la restitución internacional del menor A.M.G. a los Países Bajos, y el tribunal decidió confirmar la sentencia que ordena dicha restitución.
¿Quién es el actor?
A.V.G. y la Asesoría de Incapaces n° 4 del Departamento Judicial de La Plata.
¿A quién se demanda?
S.E.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución internacional de menor.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte destacó que el proceso de restitución no evalúa la aptitud de los progenitores para ejercer la guarda, sino que busca resolver la situación irregular del menor. Se enfatizó que la restitución no implica una decisión sobre la tenencia, sino que se limita a determinar si hubo traslado o retención ilícita, conforme al Convenio de La Haya.
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