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Jorge, Ricardo Daniel - sucesión c/ PEN - ley 25.561 - resol. 158/03 (M° E) (Bontes Letes) s/ proceso de conocimiento

Se reclamó la excepción al diferimiento de pagos de deuda pública por parte de los herederos de Ricardo Daniel Jorge, quien falleció sin haber solicitado dicha excepción. El tribunal decidió confirmar la sentencia que otorgó parcialmente el beneficio a los herederos.

Sucesion Excepcion Diferimiento Deuda publica Derechos herederos Enfermedad Administracion publica Ley 25.827 Bonos del tesoro.


¿Quién es el actor?

Claudia Marcela Caraccia, administradora provisional de la sucesión de Ricardo Daniel Jorge.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Excepción al diferimiento de pagos de deuda pública.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja y se confirma la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que, a pesar de la falta de solicitud administrativa por parte del causante, la gravedad de su enfermedad cumplía con la condición para la excepción. Se argumentó que el rigor formal en la denegación del beneficio desatiende la finalidad de la norma, que busca proteger a los herederos de titulares de bonos afectados por graves enfermedades.

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