Logo

R., S. N. c/ CLUB FERRO CARRIL OESTE s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una lesión sufrida por su hijo menor durante un entrenamiento de fútbol en las instalaciones del club demandado. La Cámara Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se acreditó que el estado de la cancha haya sido la causa de la lesión.

Responsabilidad civil Relacion de consumo Club deportivo Lesion deportiva Deber de seguridad Riesgo inherente del deporte Estado de la cancha Futbol

Indemnización por daños y perjuicios por lesión sufrida por el hijo menor durante un entrenamiento de fútbol en las instalaciones del club.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Todo deporte conlleva riesgos inherentes que los participantes asumen, salvo que se demuestre un defecto de la cancha o el uso de cosas riesgosas.
- No se acreditó que el estado de la cancha haya sido la causa de la caída y lesión del menor. El perito indicó que la cancha tenía algunas irregularidades menores, pero no constituyeron un factor de riesgo.
- El testigo del club indicó que la cancha cumplía con los requisitos de la AFA y que tenían un protocolo de mantenimiento. No se probó que al momento del incidente la cancha estuviera en mal estado.
- Incluso bajo una relación de consumo, el deber de seguridad del club no alcanza a cubrir los riesgos normales del deporte. La caída del menor no pudo atribuirse a un defecto de la cancha.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar