FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DIVANI SRL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra DIVANI SRL por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó la ejecución de la sentencia para el cobro del capital adeudado más intereses.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
DIVANI SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de deuda fiscal por capital de Pesos Once Millones Cuatrocientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Cinco con 80/100 ($11.435.265,80), más intereses devengados conforme lo prescripto en el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda y mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor DIVANI SRL haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 80/100 ($11.435.265,80) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor DIVANI SRL haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 80/100 ($11.435.265,80) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago." El tribunal fundamenta su decisión en la falta de oposición de excepciones legítimas por parte de la demandada dentro del plazo legal, lo que genera la pérdida del derecho de defesa. Aplicando la normativa del Código Procesal Civil y Comercial, así como la Ley 13.406, ordena la ejecución del crédito fiscal con los intereses correspondientes.
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