FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RODRIGUEZ NELIDA ESTHER S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda por apremio contra Nelida Esther Rodriguez por la suma de $43.543,10 más intereses. El Tribunal hizo lugar al apremio, ordenando la ejecución y aplicación de intereses conforme la normativa fiscal, e impuso las costas a la demandada por su carácter de vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Fisco de la Provincia de Buenos Aires
A quién se demanda (Demandado): Nelida Esther Rodriguez
Qué se reclama (Objeto de la demanda): Cobro de suma de dinero por vía de apremio provincial, por la cantidad de Pesos CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES CON 10/100 ($43.543,10) más intereses, costos y costas, sustentado en título ejecutivo aducido en formato digital.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio interpuesta por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires, ordenando llevar adelante la ejecución hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de $43.543,10, con aplicación de los intereses establecidos conforme el Art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011), desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios al momento procesal oportuno.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio Fiscal: Calle INDALECIO GOMEZ
- Nro. 741
- Loc. LOMAS DE ZAMORA conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)."
La decisión se funda en la falta de oposición de excepciones legítimas dentro del término legal por parte de la ejecutada, lo que conllevó la pérdida del derecho a ejercer defensa conforme los Arts. 116 y 155 del Código Procesal Civil y Comercial y Art. 25 de la ley 13.406. El Tribunal aplicó las disposiciones de los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406, así como Arts. 68 y 556 del CPCC para imponer las costas a la demandada por su carácter de vencida.
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