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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DELIA J.SAN MILLAN Y OSCAR A.DE FACCIO S.H.S CAP 1 SECC IV y otros S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Delia Josefina San Millán y Oscar Alfredo de Faccio por una deuda de $793.960,00. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución ante la incomparecencia de los demandados y la consecuente pérdida de su derecho de defensa.

Apremio provincial Fisco Incomparecencia Perdida de derecho de defensa Ejecucion Deuda fiscal Ley 13.406 Costas procesales Sucesores hereditarios Jurisdiccion contencioso-administrativa

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Delia Josefina San Millán y Oscar Alfredo de Faccio (en carácter de sucesores hereditarios)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de una deuda por apremio provincial por la suma de Pesos Setecientos Noventa y Tres Mil Novecientos Sesenta con 0/100 ($793.960,00)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados hagan íntegro pago del monto reclamado, más los intereses que por derecho pudiere corresponder. Asimismo, se impusieron las costas a la parte ejecutada vencida. Fundamentos principales de la decisión: "Se citó a DELIA JOSEFINA SAN MILLÁN Y OSCAR ALFREDO DE FACCIO S.H. DELIA JOSEFINA SAN MILLÁN Y OSCAR ALFREDO DE FACCIO todos en Marmol 1244 de la ciudad de Pehuajó y no comparecieron ni opusieron excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que han dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24, ley 13.406; arts. 41 y demás del CPCC)." "Por lo expuesto, en mérito a las constancias de autos y a lo establecido en los artículos 7, 10, 11, 13, 24 y 25 de la ley 13.406 y 540 y 549 del CPCC, RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto DELIA JOSEFINA SAN MILLÁN Y OSCAR ALFREDO DE FACCIO S.H., DELIA JOSEFINA SAN MILLÁN y OSCAR ALFREDO DE FACCIO hagan íntegro pago del monto reclamado, que asciende a la suma de Pesos SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 0/100 ($793.960,00), con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente."

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