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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DE LUCA CATALINA FLORINDA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra De Luca Catalina Florinda por cobro de capital adeudado. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por un monto de $3.583.063,80 más intereses conforme lo prescripto por el Código Fiscal.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Cobro de capital Ley 13.406 Codigo fiscal Mandamiento de pago Domicilio fiscal Remate Falta de excepciones Costas

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

De Luca Catalina Florinda

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de capital adeudado mediante apremio provincial, específicamente $3.583.063,80 más intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar al apremio provincial ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital reclamado de $3.583.063,80 con más los intereses desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas al vencido. Fundamentos principales de la decisión: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.)." "Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.)." "Por ello, de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto en la Ley Nº 13.406 RESUELVO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, DE LUCA CATALINA FLORINDA haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SESENTA Y TRES CON 80/100 ($3.583.063,80), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal."

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