NUÑEZ ANTONIO RODOLFO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab-intestato de Antonio Rodolfo Núñez. El Tribunal reconoce como herederos universales a sus tres hijos y a su cónyuge, conforme a los artículos 2337 y 2424 del Código Civil y Comercial tras verificar la publicación del edicto correspondiente sin resultado negativo. ---
Quién demanda: ARAGON ANAYA MARIA EUGENIA (solicita se dicte declaratoria de herederos)
¿A quién se demanda?
Sucesión ab-intestato de ANTONIO RODOLFO NUÑEZ (fallecido el 3 de marzo de 2024)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos en el ámbito de la sucesión ab-intestato del causante
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ANTONIO RODOLFO NUÑEZ le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: ROMINA NAHIME NUÑEZ, FACUNDO EZEQUIEL NUÑEZ y NOELIA ISABEL NUÑEZ y su cónyuge JOSEFINA BEATRIZ PUGLIESE este último en cuanto a los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los bienes gananciales. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal acredita mediante certificado de defunción la muerte de ANTONIO RODOLFO NUÑEZ ocurrida el 3 de marzo de 2024. Verifica que el causante había contraído matrimonio con JOSEFINA BEATRIZ PUGLIESE el día 27 de Enero de 1989 y que de esa unión nacieron tres hijos: ROMINA NAHIME NUÑEZ, FACUNDO EZEQUIEL NUÑEZ y NOELIA ISABEL NUÑEZ. El Tribunal constata que se cumplió con la publicación del edicto de ley prescrito por el art. 734 inc. 2º del CPCC, publicado el 15/07/25, con resultado negativo. Conforme a lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC, declara a los herederos universales. ---
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