ORTIZ LUCIO ANTONIO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declaró a Ana Erica Ortiz como única y universal heredera en la sucesión ab-intestato de Lucio Antonio Ortiz, fallecido el 20 de febrero de 2000. El Tribunal resolvió que le sucede por derecho conforme a las normas del Código Civil, sin perjuicio de terceros.
Quién demanda: Incidente de sucesión ab-intestato iniciado respecto de la herencia de Lucio Antonio Ortiz.
¿A quién se demanda?
A la sucesión ab-intestato de Lucio Antonio Ortiz.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinación de herederos y distribución de la herencia del causante fallecido el 20 de febrero de 2000.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró que Ana Erica Ortiz es la única y universal heredera de Lucio Antonio Ortiz. Fundamentos principales: El Tribunal consideró que: 1) Se acreditó el fallecimiento de Lucio Antonio Ortiz ocurrido el 20 de febrero de 2000, siendo al momento de su deceso de estado civil casado con Maximiana Vallejos (matrimonio contraído el 28 de agosto de 1964), de la cual no hubo descendencia. 2) De su unión con Ana María Squillacioti nacieron cuatro hijos: Elizabeth Soledad Ortiz (3 de mayo de 1983), Cintia Vanesa Ortiz (29 de septiembre de 1981), Ana Erica Ortiz (4 de noviembre de 1988) y Agustín Luciano Ortiz (5 de julio de 1998). 3) Se acreditó la citación con resultado positivo de Elizabeth Soledad Ortiz, Agustín Luciano Ortiz, Maximiana Vallejos y Cintia Vanesa Ortiz, quienes no se presentaron en autos a hacer valer sus derechos conforme al art. 734 inc. 1 del Código de Procedimientos y Costumbres Civil. 4) Se efectuó la publicación de edictos prescrita por el art. 734 inc. 2 del Código de Procedimientos, resultando negativa la búsqueda de terceros. Por lo anterior, "se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de LUCIO ANTONIO ORTIZ le sucede en carácter de única y universal heredera su hija ANA ERICA ORTIZ", conforme a los arts. 3.410, 3.545, 3.565, 3.570 del Código Civil y 735 y 737 del Código de Procedimientos.
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