ACOSTA ANTONIO MARCO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab-intestato de Antonio Marco Acosta. El Tribunal reconoce como herederos universales a su hijo Jorge Antonio Acosta y su cónyuge Felisa Angela Barraza, conforme a las normas del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: Dra. Enríquez Verónica Andrea (en carácter de gestora/promotora del trámite sucesorio).
¿A quién se demanda?
No corresponde (proceso de sucesión ab-intestato).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la declaración de herederos en el proceso sucesorio ab-intestato de Antonio Marco Acosta, fallecido el 17 de enero de 2025.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara en cuanto ha lugar que por fallecimiento de Antonio Marco Acosta le suceden en carácter de herederos universales: su hijo Jorge Antonio Acosta y su cónyuge Felisa Angela Barraza. Se reconoce además a la cónyuge el derecho de heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos sobre gananciales.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal fundamenta su decisión en los siguientes aspectos:
- Acreditación del fallecimiento de Antonio Marco Acosta mediante certificado de defunción de fecha 19/11/2025, correspondiendo la muerte al 17/1/2025.
- Verificación del matrimonio contraído entre Antonio Marco Acosta y Felisa Angela Barraza el 4/1/1962, conforme al instrumento agregado en autos.
- Comprobación de la filiación de Jorge Antonio Acosta como hijo de la unión matrimonial.
- Cumplimiento de la publicación de edictos conforme al artículo 734, inciso 2 del C.P.C.C., informándose resultado negativo sobre la presentación de otros posibles herederos.
La decisión se dicta "de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los artículos 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y 735 y 737 del C.P.C.C.", estableciendo el derecho hereditario conforme al orden sucesorio legal, sin perjuicio de terceros y respetando los derechos patrimoniales derivados de la sociedad conyugal.
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