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A., V. H. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo contra OSDE y OSOCNA para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 6 hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho del actor a continuar con su Plan 210.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Osde Osocna Derecho a la salud Plan 210 Inssjp Constitucion nacional


¿Quién es el actor?

V. H. A.
- Demandados: OSDE y OSOCNA
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social bajo el Plan 210 tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física del accionante, aparece reconocido por la Constitución Nacional." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo."

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