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BRITOS GARCETE, PABLA MARIA c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD

La Sra. Pabla María Britos Garcete promovió una acción de amparo contra OSECAC para restablecer su afiliación y la de su hijo con discapacidad. El tribunal admitió la acción, ordenando a OSECAC mantener la cobertura médico-asistencial sin limitaciones.

Amparo Salud Osecac Jubilacion Discapacidad Prestaciones medico-asistenciales Inconstitucionalidad Aportes Ley 19.032 Ley 23.660


¿Quién es el actor?

Pabla María Britos Garcete

¿A quién se demanda?

OSECAC
- Objeto de la demanda: Restablecimiento de la afiliación y prestaciones médico-asistenciales.
- Decisión del tribunal: Se admite la acción de amparo, ordenando a OSECAC mantener la afiliación y prestaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión de la accionada de privar a la actora de las prestaciones médico asistenciales por modificarse su situación de trabajadora activa a jubilada luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "La condición de jubilada no implicaba su traslado al INSSJP, sino que subsistía en la esfera de autonomía de la voluntad del ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social en la cual se encontraba afiliado hasta entonces." "La declaración de inconstitucionalidad propiciada resulta innecesaria."

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