STANDARD BANK ARGENTINA SA C/ OLAZ DANIELA MARIANA S/ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
Standard Bank Argentina SA promovió acción de secuestro en contra de Olaz Daniela Mariana conforme el artículo 39 de la Ley 12.962. El Tribunal declaró operada la caducidad de instancia por inactividad procesal de la actora, rechazando así el proseguimiento del reclamo.
Quién demanda: Standard Bank Argentina SA
¿A quién se demanda?
Olaz Daniela Mariana
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de secuestro conforme lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 12.962
¿Qué se resolvió?
Se declaró operada la caducidad de instancia en las actuaciones y se condenó al pago de costas a cargo de la parte actora por aplicación del principio objetivo de la derrota. Fundamentos principales: "Tiene dicho la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que la caducidad de la instancia es un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando no se lo impulsa durante el tiempo establecido por la ley. Su finalidad consiste tanto en la necesidad de sancionar al litigante moroso como en la conveniencia pública de facilitar el dinámico y eficaz desarrollo de la actividad judicial." "La intimación impartida en cumplimiento con lo dispuesto por el art. 315 del C.P.C.C., lo es a efectos que la actora realice dos actos, por un lado manifestar su deseo de continuar adelante con el juicio, y por otro lado, impulsar el proceso en forma adecuada, esto es, producir actividad procesal útil a los fines de su prosecución." "Efectivizada la intimación ordenada el día 24/04/2026 y notificada el dia 18/05/2026 conforme lo dispuesto por el art. 315 del C.P.C.C., la accionante ha guardado silencio, por lo cual, y habiendo vencido el plazo allí otorgado en el término de gracia del día 27/05/2026 (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.), dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar."
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