KESI CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Sucesión ab-intestato de Carlos Alberto Kesi. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos Pablo Alberto Kesi y Sonia Edith Kesi, y a la cónyuge Silvia Estela Echavarria, conforme a las disposiciones del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: La sucesión ab-intestato de Carlos Alberto Kesi, promovida ante el Tribunal.
¿A quién se demanda?
No existe demandado en sentido tradicional. Se trata de un procedimiento sucesorio ab-intestato.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos y determinación de quiénes suceden en carácter de universales herederos al fallecido Carlos Alberto Kesi, quien falleció el 24 de febrero de 2025.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Carlos Alberto Kesi le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Pablo Alberto Kesi y Sonia Edith Kesi, y su cónyuge Silvia Estela Echavarria. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró que: "Que con el certificado de defunción acompañado con el escrito liminar se acredita el fallecimiento de CARLOS ALBERTO KESI, ocurrido el 24/02/2025. Que este había contraído matrimonio con Silvia Estela Echavarria el día 09/10/1970, conforme surge del certificado de matrimonio acompañado con el escrito de demanda. Que de dicha unión nacieron Pablo Alberto Kesi y Sonia Edith Kesi, según certificados de nacimiento incorporados en autos." Respecto de los requisitos formales del procedimiento: "Que con los diarios y recibos agregados con el escrito a despacho consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734, inciso 2 del C. P. C. C. y sobre cuyo resultado negativo informa la señora Secretaria en este acto." La resolución se fundamenta en los artículos 2424, 2433 y concordantes del Código Civil y Comercial, así como en los artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial. Se declara a Silvia Estela Echavarria heredera también "en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
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