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Asociación Gremial de Empleados Judiciales de la Provincia de Santa Cruz 3 de Julio c/ Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz y otra s/ acción de inconstitucionalidad -incidente de medida cautelar

La Asociación Gremial de Empleados Judiciales de Santa Cruz demandó la inconstitucionalidad de la Ley Provincial N° 3949 que amplió de 5 a 9 las vocalías del Tribunal Superior de Justicia, solicitando la suspensión del procedimiento de designación de nuevos magistrados ante posible desobediencia a ó

Accion de inconstitucionalidad Medida cautelar Independencia judicial Designacion de magistrados Vigencia anticipada de ley Separacion de poderes Desobediencia a orden judicial Habeas corpus institucional

Actor: Asociación Gremial de Empleados Judiciales de la Provincia de Santa Cruz "3 de Julio" Demandado: Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz y Poder Ejecutivo Provincial Objeto: Acción de inconstitucionalidad con incidente de medida cautelar contra la Ley Provincial N° 3949 y actos derivados (Decreto N° 0768/25, designación de vocales al Tribunal Superior de Justicia) Decisión: Se advierte que el documento presenta la demanda inicial y las consideraciones del tribunal, sin resolución final explícita sobre el fondo de la acción, aunque sí sobre medidas cautelares solicitadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La actora cuestiona la constitucionalidad de la ley que amplía las vocalías del Tribunal Superior de Justicia, argumentando vicios procedimentales: (i) vigencia anticipada del decreto sin delegación legislativa, contrariando el artículo 5 del Código Civil y Comercial; (ii) remisión de ternas antes de la entrada en vigor de la ley; (iii) secuencia de actos coordinados que comprometen la independencia judicial. Destaca que la Honorable Cámara de Diputados celebró sesión extraordinaria secreta el 25 de septiembre de 2025 designando dos vocales *pese a medida interina dictada por juzgado de primera instancia* (Expte. 31843/2025) que ordenaba la abstención de dar tratamiento a las ternas. La actora subraya: "Las medidas cautelares tienen por objeto preservar la utilidad práctica de la sentencia definitiva, permitiendo suspender los efectos de actos estatales cuya validez se cuestiona cuando su ejecución pudiera frustrar la decisión final". Argumenta que la designación es un acto complejo de formación sucesiva que culmina con toma de juramento, por lo que requiere paralizar el procedimiento en cualquier etapa.

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