L., J. R. Y B., N. B., AMBOS POR SI Y EN REPRESENTACION DE SU HIJO MENOR M. E. L. c/ GONZALEZ, ANTONIO LUIS, UNION DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS Y/O IGLESIA CENTRO CRISTIANO DE RESISTENCIA Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/ EMBARGO PREVENTIVO, EXPTE. Nº 80
Los actores solicitaron la revocación de un embargo preventivo que afecta a su iglesia, argumentando que les causa perjuicios irreparables. El tribunal rechazó el recurso de queja, considerando que la decisión impugnada no era una sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
L., J. R. y B., N. B. en representación de su hijo menor.
¿A quién se demanda?
González, Antonio Luis y Unión de las Asambleas de Dios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Embargo preventivo.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal determinó que la resolución impugnada no era definitiva, ya que no ponía fin al juicio ni impedía su continuación. Se citó que "las resoluciones referentes a medidas cautelares... no constituyen sentencias definitivas a los fines del recurso extraordinario", lo que fundamentó el rechazo de la queja.
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