C., N.G. c/ C., A. s/ Alimentos (Esposa)
Esposa demanda alimentos a su marido tras separación por violencia doméstica. El tribunal reconoce su derecho a percibir cuota alimentaria fija, considerando su dedicación exclusiva a tareas domésticas, problemas de salud y vulnerabilidad económica durante el matrimonio.
Actor: N.G.C. (esposa) Demandado: A.C. (marido) Objeto: Fijación de cuota alimentaria y cobertura de obra social. La actora reclama el 30% de los haberes del demandado; éste ofrece el 10%. Decisión: SE HACE LUGAR PARCIALMENTE (se fija cuota alimentaria provisoria del 10%, pendiente resolución definitiva tras divorcio decretado)
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal reconoce que la actora acreditó estar casada con el demandado desde 1992 (sentencia de divorcio Nº857/24 de 11/07/2024 en expediente Nº3604/23). Conforme a los arts. 432 y 433 del Código Civil y Comercial, los cónyuges se deben alimentos durante la vida en común y la separación de hecho. La Sra. C. probó haber dedicado exclusivamente su vida al cuidado del hogar e hijos, tener 53 años, padecer múltiples enfermedades (Diabetes Tipo 2 insulina dependiente, hipertensión, hipotiroidismo, artrosis bilateral de rodilla), contar sólo con tercer grado de primaria, y carecer de recursos propios para su subsistencia. Por su parte, el demandado se desempeña como dependiente del ente público, percibe ingresos fijos, posee bienes (vehículo, motocicleta, animales) y goza de buena salud. El tribunal observa que el vínculo matrimonial se ha disuelto mediante sentencia de divorcio, por lo que los alimentos entre cónyuge cesan de pleno derecho con dicha sentencia, aunque reconoce la situación de vulnerabilidad de la actora.
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