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Ríos, Evelio Marcelo s/ amenazas coactivas, chantaje y usurpación de grados, títulos y honores

El tribunal resolvió hacer lugar a la excusación del Ministro Dr. Ricardo Alberto Cabrera, quien solicitó su apartamiento del caso por mantener una relación de amistad con el querellante. Se invocaron disposiciones del Código Procesal Penal que regulan la inhibición de jueces.

Excusa Juez Amistad Imparcialidad Codigo procesal penal Inhibicion Querellante Justicia Etica judicial.


¿Quién es el actor?

Dr. Ricardo Alberto Cabrera

¿A quién se demanda?

N/A (no hay demandado, se trata de un juez)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Excusación por relación de amistad con el querellante

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el artículo 48 inciso 11 del Código Procesal Penal establece la inhibición del juez en caso de amistad manifiesta con alguna de las partes. La mayoría de los ministros coincidió en que corresponde hacer lugar a la excusación planteada, garantizando la imparcialidad del proceso.

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