PTE. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PALO SANTO s/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA
El Honorable Concejo Deliberante de Palo Santo solicitó la habilitación de feria judicial para el cumplimiento de un fallo sobre salarios. El tribunal decidió habilitar la feria para requerir informes al Intendente, pero no aceptó la habilitación de días y horas inhábiles.
¿Quién es el actor?
Honorable Concejo Deliberante de Palo Santo
¿A quién se demanda?
Intendente de la Municipalidad de Palo Santo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Habilitación de feria judicial y días inhábiles para el cumplimiento de pagos salariales
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR PARCIALMENTE
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la solicitud de habilitación de feria era procedente para requerir un informe sobre los pagos de salarios, dado que el Presidente del H.C.D. alegó incumplimientos en el pago de sueldos. Sin embargo, se desestimó la habilitación de días y horas inhábiles, al no existir urgencia que justifique tal medida.
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