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CREDIFOR S.R.L. c/ VERA JOSE MARIA s/ ACC. DE EJECUCION (EJECUTIVO) INC. ART. 31 DEL C.P.C.C. OPOSICION DE LA EXCUSACION.

Se reclamó la excusación de la Dra. Judith E. Sosa de Lozina por su relación con una de las partes. El tribunal decidió rechazar dicha excusación, permitiendo que la juez subrogante continúe en el caso.

Excusa Juez subrogante Imparcialidad Relacion familiar Derecho procesal C.p.c.c. Oposicion Decoro Justicia.


¿Quién es el actor?

Dra. Judith E. Sosa de Lozina (juez subrogante)

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Oposición a la excusación de la juez

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la excusación no estaba justificada, ya que no se acreditó que el cónyuge de la juez interviniera en la causa. Se destacó que "no basta la mera invocación" de causales de excusación y que debe demostrarse objetivamente la afectación a la imparcialidad del juez.

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