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PEÑA CHAMORRO, PASTOR c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE FORMOSA s/ ORDINARIO (Incidente de Ejecución de Honorarios Dra. Arrua)

Se reclamó la excusación del Procurador General por haber intervenido previamente en la causa. El tribunal decidió hacer lugar a la excusación solicitada, permitiendo que el Procurador no participe en el proceso.

Excusa Procurador general Codigo procesal civil Recusacion Violencia moral Incidente de ejecucion Honorarios Jurisprudencia Administracion de justicia.


¿Quién es el actor?

Dr. Claudio Ramón Aguirre (Procurador General)

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Formosa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Excusación del Procurador General en un incidente de ejecución de honorarios

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal fundamentó su decisión en el artículo 33 del Código Procesal Civil y Comercial, que permite la excusación del Procurador General cuando ha intervenido previamente en la causa. Se destacó que "las causales deben ser apreciadas con criterio circunstancial" para evitar "irremediable violencia moral" en el juez.

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