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A. A. C., L. C. D., M. G. A. Y J. M. W. s/ robo calificado en poblado y en banda y por ser miembros de las Fuerzas de Seguridad, Libertador General San Martin

Se reclamó la aplicación de la suspensión del juicio a prueba para dos miembros de las fuerzas de seguridad imputados por robo calificado. El tribunal decidió denegar el beneficio solicitado, considerando la gravedad de los hechos y la calidad de funcionarios públicos de los acusados.

Suspension del juicio a prueba Robo calificado Funcionarios publicos Derecho penal Responsabilidad Abuso de poder Etica policial Accion penal Calidad funcional.


¿Quién es el actor?

Defensa de A. C. A. y C. D. L.

¿A quién se demanda?

Ministerio Público Fiscal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Suspensión del juicio a prueba

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que, según el Art. 76 bis del Código Penal, no procede la suspensión del juicio cuando los imputados son funcionarios públicos que han participado en el delito. Se destacó que "la concesión del beneficio debe atender a la naturaleza del hecho" y que la calidad de los imputados como policías exige un análisis riguroso de su conducta, dado que "incurren en delito" en el ejercicio de sus funciones.

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